El ‘incidente’ de nulidad de actuaciones representa uno de los instrumentos procesales que mayor protagonismo ha adquirido en los últimos años. Al calor de diferentes reformas legales, responsables de profundos y sucesivos cambios en su morfología, ha evolucionado desde un simple remedio extraordinario para la impugnación de resoluciones judiciales firmes viciadas por algún defecto contrario a la tutela judicial efectiva, hasta alcanzar la condición de garante último, dentro de la vía jurisdiccional ordinaria, del conjunto de derechos fundamentales y libertades públicas de los ciudadanos. Precisamente, esta reciente configuración ha hecho necesaria una reseñable labor de interpretación por parte del Tribunal Constitucional, cuya doctrina ha servido para ir perfilando a lo largo del tiempo la relación a establecer entre el ‘incidente’ de nulidad de actuaciones y el recurso de amparo constitucional.