Nos concentramos en adecuar la obra a las recientes alteraciones en la Ley 11.706, de 19.06.2008 y en su Reglamento, por intermedio del Dec. 6.146/07. Esa adecuación demandó un profundo análisis y una reestructuración del texto original, debido principalmente al hecho de que las nuevas disposiciones normativas hayan afectado las condicionantes relativas al registro, a la portación y al pago de las tasas arts. 5° y 11 de la Ley. Por otro lado, a causa de las importantes repercusiones en la esfera administrativa debido a la concesión de la portación a los agentes carceleros, guardias y escoltas de presos y guardas portuarios, fueron reescritos diversos comentarios relacionados con esas categorías, en el art. 6º de la Ley. Además, no nos olvidamos de destacar las alteraciones ocurridas en los arts. 25, 30 y 32, con la creación de la campaña de recolección de armas y la autorización para la donación de las armas a disposición de la justicia. También, en razón del creciente interés por aspectos prácticos relacionados al asunto, incorporamos nuevas ordenanzas editadas por el Ministerio de Defensa, por el Comando del Ejército y por el Departamento de Policía Federal. Para facilitar el entendimiento sobre el tema que en sí es técnico añadimos un anexo con datos generales y características de las armas de fuego, elaborado bajo rigurosas miradas del Teniente-Coronel Ingeniero Militar Gilberto Martins de Lima, de la DFPC. El repertorio jurisprudencial, puesto en las notas al pie, recibió un aumento significativo de nuevos juzgados, de difícil tarea a pesar de las modernas herramientas de internet que los que militan en el área bien la conocen. Finalmente, agradezco a todos por el apoyo que he recibido, lo que para nosotros es el principal estímulo para la continua mejora de nuestro trabajo.